SAT supervisará transferencias de “tandas” y ahorros informales

SAT supervisará transferencias de “tandas” y ahorros informales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que a partir de 2026 reforzará la supervisión sobre formas de ahorro informal, como las tandas, especialmente cuando el dinero se maneje a través de depósitos o transferencias bancarias sin un respaldo documental claro. La autoridad fiscal precisó que el objetivo no es prohibir esta práctica, sino identificar posibles ingresos no declarados.

La advertencia se centra en los movimientos superiores a 15 mil pesos, los cuales pueden convertirse en un foco de revisión si el contribuyente no puede explicar, con documentos, el origen del dinero. De no hacerlo, el caso podría derivar en requerimientos de información, multas e incluso bloqueos temporales de cuentas, según el planteamiento difundido por el propio SAT.

Las tandas son acuerdos de ahorro colectivo entre familiares, amigos o compañeros de trabajo, en los que cada integrante aporta una cantidad fija durante un periodo determinado y, por turnos, recibe el monto total reunido. En la práctica, funcionan como un crédito informal sin intereses, basado en la confianza entre los participantes.

El problema surge cuando estos recursos se mueven a través del sistema financiero formal, como transferencias electrónicas, depósitos en ventanilla, SPEI o aplicaciones bancarias. A diferencia de años anteriores, cuando predominaba el uso de efectivo, hoy los pagos digitales permiten que las autoridades detecten montos, frecuencia y patrones de movimiento con mayor facilidad. 

Especialistas aclaran que rebasar los 15 mil pesos no genera una multa automática. Este monto se utiliza como referencia dentro de los esquemas de reporte de las instituciones financieras, que informan ciertos movimientos al SAT. Con base en esa información, la autoridad puede decidir si solicita aclaraciones cuando los depósitos no coinciden con los ingresos declarados.

El SAT suele enfocarse en inconsistencias fiscales, como depósitos elevados en cuentas de asalariados con ingresos fijos, movimientos bancarios que no concuerdan con el régimen fiscal registrado o la recepción de montos altos provenientes de una tanda sin evidencia de que se trate de un ahorro colectivo. En esos casos, si no se logra comprobar el origen del dinero, la situación puede derivar en ajustes fiscales, recargos y sanciones.