Administración Pública de Chimalhuacán apegada a lineamientos
El Organigrama de la Administración Pública Municipal se aprobó en la sesión de cabildo celebrada el día 28 de enero de 2019, con base en el artículo 16, 16BIS, 16TER y 16CUATER del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Chimalhuacán
Con respecto a diversas notas informativas publicadas este martes, alusivas al trabajo del Ayuntamiento, el gobierno del Nuevo Chimalhuacán informa lo siguiente:
Como primer punto, la información publicada en los medios de comunicación e incluso los señalamientos de la alcaldesa electa, Xóchitl Flores Jiménez, carecen de observaciones fundamentadas para establecer “anomalías” en la administración pública 2019-2021.
En segundo lugar, este martes inició el curso de capacitación dirigido al equipo de transición a fin de brindarle los conocimientos y herramientas necesarias para concluir satisfactoriamente el proceso de entrega-recepción por parte del gobierno municipal saliente del edil Jesús Tolentino Román Bojórquez y entrante de la munícipe electa Xóchitl Flores. El equipo de transición aún no recorre las dependencias que conforman este Ayuntamiento y por consiguiente, no cuenta con los elementos suficientes, por lo que está dando pie a especulaciones.
Con respecto a la cantidad de empleados, cabe recordar que Chimalhuacán es un municipio con alta densidad poblacional y forma una continuidad geográfica con la Ciudad de México y otras localidades del oriente mexiquense; de acuerdo con el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México: la estructura administrativa es más compleja y de mayores dimensiones, lo cual corresponde evidentemente a la gran cantidad y variedad de requerimientos de su población y de las características que le son inherentes.
Asimismo, la información publicada alusiva al organigrama es incorrecta, ya que el Departamento de Bacheo y Balizamiento no depende de la Secretaría del Ayuntamiento, sino que está a cargo de la Dirección General de Servicios Públicos tal como se puede observar en el punto 7.2 del Organigrama de la Administración Pública Municipal.
Por otro lado, el Planetario Digital Chimalhuacán sí está incluido en las atribuciones de la Secretaría del Ayuntamiento, toda vez que “asume la representación en conjunto con el Ejecutivo Municipal, ante instancias de carácter público y privado; así como instituciones que coadyuven en la difusión científica, celebración de convenios y acuerdos de actos jurídicos que se relacione con la promoción, difusión y divulgación de proyectos en materia de la ciencia y tecnología; así como el desarrollo educativo y profesional”, solo por mencionar algunas acciones.
Cabe aclarar que el Organigrama de la Administración Pública Municipal se aprobó en la sesión de cabildo celebrada el día 28 de enero de 2019, con base en el artículo 16, 16BIS, 16TER y 16CUATER del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.
Dicho reglamento obedece a una estructura actualizada y funcional, definiendo de manera puntual las atribuciones de todas las áreas que integran la administración pública municipal, de una manera clara, precisa y de fácil interpretación