SCJN invalida primera parte del 'Plan B' electoral de Obrador

SCJN invalida primera parte del 'Plan B' electoral de Obrador

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sumó nueve de los once votos de los ministros para anular la totalidad de la primera parte del llamado “Plan B” de la reforma electoral, por considerar que sí existieron “claras violaciones” al proceso legislativo. Al inicio de la sesión, el ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, presentó su proyecto en el que argumentó que en la aprobación de la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se violaron los artículos 71 y 72 de la Constitución Mexicana.

Esto es, que el Congreso se “saltó” un procedimiento legislativo ordinario, con lo que se transgredió el principio de deliberación democrática. Con ello, se invalidan, entre otras, las disposiciones de la Ley General de Comunicación Social que entraron en vigor el 28 de diciembre que buscaban modificar la relación de los gobiernos y los servidores públicos con los medios de comunicación, en el sentido de poder difundir propaganda y hacer política, con miras a las elecciones de 2024.

Con 9 a favor y 2 en contra, el máximo tribunal de justicia del país validó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, quien afirmó que existieron “claras violaciones” durante el proceso legislativo que aprobó las reformas electorales de AMLO. Esta propuesta fue apoyada por la ministra Margarita Ríos Farja quien señaló que no se pudo dar un debate en la Cámara de Diputados porque la oposición no pudo analizar la iniciativa, ya que se le dispensaron todos los trámites.

La invalidez también fue apoyada por el ministro Juan Luis González Alcántara, quien reconoció los vicios en el proceso legislativo. Por su parte, Luis María Aguilar también se sumó a la aprobación del proyecto, al señalar que el conjunto de violaciones afecta el cumplimiento del reglamento del proceso legislativo. por el contrario, las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz Ahlf votaron en contra, al considerar que no existían motivos suficientes para invalidar el decreto por el que se reformaron las leyes.