Vinculan a proceso a jueza Angélica N, dan un año de prisión preventiva.
Luego de una audiencia de más de 10 horas y con varias interrupciones al no dejar entrar a la audiencia a abogados de la defensoría pública ni a representantes del alto comisionado en Derechos Humanos de la ONU, el juez dictó vinculación a proceso por su presunta responsabilidad en los delitos contra la fe pública y tráfico de influencias, por lo que permanecerá en prisión preventiva durante un año, mientras se concluye la investigación en su contra.
Al término de la audiencia, la titular de la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del IFDP, Jaqueline Sáenz Andujo, criticó la vinculación a proceso y expresó su inconformidad por no haberles permitido formar parte de la defensa de Angélica N.
Según sus declaraciones, la medida es excesiva y carece de sustento, ya que se basa en el riesgo de fuga y la falta de arraigo, argumentos que consideran infundados.
“Es una medida excesiva que no tiene ningún sustento, se fundamenta en el riesgo de fuga, así como la falta de arraigo debido a que no se encontraba en algunos días en su domicilio y también porque no tenía arraigo laboral”, criticó.
Por su parte, Ricardo Aguilar Rodríguez, abogado de la jueza, confirmó que solicitaron la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva, pero aún no han sido notificados sobre la fecha de la audiencia correspondiente.
Informó que, la familia presentó una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y la defensa interpuso un incidente por violación a una suspensión, ya que consideran que Angélica N fue detenida a pesar de contar con un amparo.
“Ahorita entramos a una fase de investigación complementaria, nosotros comentamos que ella estableció que se encuentra bien en Pacho Viejo y no hay ningún motivo para que sea movilizada”, añadió Aguilar Rodríguez.
Minutos después, la fiscalía informó mediante un comunicado de prensa que los hechos probablemente constitutivos de delito en agravio de la administración de justicia, son derivados de diversas acciones que realizó la jueza en un cuadernillo de amparo: “Donde hizo constar la existencia de un juicio de amparo y dando fe sobre la supuesta suspensión de plano concedida a Itiel N; sin embargo, una vez consultado en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, el juicio de amparo que hizo constar no correspondían el quejoso ni la materia; aunado a que no existe registro en los libros del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Cosamaloapan, por lo que se tipifica la probable comisión del delito contra la fe pública”.