Semarnat niega autorización a plan minero en Michoacán

Semarnat niega autorización a plan minero en Michoacán

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) negó la autorización en materia ambiental a un plan minero denominado "Aprovechamiento El Cachorro", que tenía por objeto sustraer plata, cobre y otros minerales relacionados, en el municipio de Churumuco.

La decisión fue comunicada a la organización promotora Minera El Cachorro S. de R.L. de CV mediante oficio firmado por el subdelegado de la administración para la protección del medio ambiente y los recursos naturales, Carlos Alberto García Salgado.

El plan preveía que los trabajos se realizaran mediante operaciones mineras subterráneas, en su mayoría y en menor medida a cielo abierto, sobre una superficie de 11.020,7 metros cuadrados, de los cuales 9 mil 120 requirieron cambio de uso de suelo de áreas  forestales.

Luego de revisar el plan, la oficina de representación de la Semarnat en Michoacán concluyó que el plan presentado por la promovente no cumple con el artículo 30 primer párrafo de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental (LGEEPA) y con los artículos 12 y 16 del Reglamento Ecológico sobre el impacto ambiental en relación con los recursos que deben contener los estudios de impacto ambiental de los proyectos sometidos al proceso de evaluación en esta materia.

Según la dependencia federal, el plan de explotación minera se encuentra en lugares prioritarios y áreas con presencia de especies protegidas donde, complementado con la información faltante del promovente, “no es posible precisar en qué grado la implementación del proyecto podría contribuir a los problemas actualmente presentes en el sitio, tales como modificación del entorno, afectaciones a especies protegidas y contaminación de los cuerpos de agua”.

Señaló que el uso previsto, la minería, no se encuentra entre los usos compatibles y propuestos para esta zona, ni pertenece a los criterios anteriores, ya que en ninguno de ellos se contempla la minería, en virtud de que van dirigidos a lo forestal, agrícola, pecuario, turístico, suelo, flora y fauna.

La Semarnat refirió que las omisiones y la falta de claridad en las medidas para prevenir, mitigar y compensar los impactos ambientales, no es posible evidenciar que sean acordes a las posibles afectaciones que pudieran generarse sobre los ecosistemas por efecto de la realización del proyecto y por lo tanto garantizar su función de evitar, atenuar y compensar los efectos negativos sobre el área de influencia y el sistema ambiental.