Continúa la contingencia ambiental este jueves 16 de mayo
Por cuarto día consecutivo la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) reportó que la Fase I de la contingencia ambiental atmosférica por ozono en la zona metropolitana de México; esto, con el fin de proteger la salud de la población, además de prevenir la exposición a niveles altos de ozono.
#ComunicadoCAMe | 15:00h
— CAMegalópolis (@CAMegalopolis) May 16, 2024
????Se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM.
Más información en https://t.co/wXwnZWUaF6 pic.twitter.com/07bLSAdxXn
Sin embargo, a las 20:00 horas se emitirá otro boletín para dar a conocer si la medida continua o no.
Por lo que la CAMe, extendió las siguientes recomendaciones:
- Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I.