SCJN ‘da revés’ a reforma electoral en Edomex y Coahuila

SCJN ‘da revés’ a reforma electoral en Edomex y Coahuila

Al admitir a trámite seis acciones de inconstitucionalidad contra la primera parte del llamado ‘Plan B’ de reforma electoral, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la entrada en vigor de cualquier disposición que pudiera afectar los procesos electorales para elegir gobernador y otras autoridades locales en el Estado de México y en Coahuila, entidades en las que habrá elecciones el próximo 4 de junio para elegir gobernador, y también diputados en el caso de Coahuila.

De acuerdo con la resolución dictada por el ministro Alberto Pérez Dayán, la suspensión concedida contra la entrada en vigor de las normas impugnadas en ambos estados se sustenta en tres puntos. El primero es que su promulgación el pasado 27 de diciembre del 2022 se dio en el plazo de ‘veda electoral’ previsto en el penúltimo párrafo fracción II del artículo 105 de la Constitución Federal.

Dicha norma refiere que las leyes electorales federales y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que comience el proceso electoral en que vayan a aplicarse y que durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales.

No obstante, los procesos electorales de Coahuila y el Estado de México iniciaron formalmente el 11 de noviembre del 2022, con la instalación de los Consejos Locales en Coahuila y Estado de México por parte del INE, es decir, casi dos meses antes de que se promulgaran los cambios a las normas impugnadas.

En tanto, las otras dos razones es que se trata de modificaciones legales que son fundamentales para los procesos electorales y que de no conceder la medida cautelar contra la aplicación de dichas normas, “podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático”.

Cabe mencionar que, las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por los partidos políticos PRD, PAN, PRI y Movimiento Ciudadano.